Padrón de Afiliados a partidos políticos

Afiliados o militantes son ciudadanos que se registran libre, voluntaria e individualmente a un partido político.

Tema: ACTORES POLÍTICOS | PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES | PADRÓN DE AFILIADOS A PARTIDOS POLÍTICOS

Áreas: DEPPP 

Verificación de padrones de partidos políticos

Los Partidos Políticos Nacionales,* para conservar su registro, tienen la obligación de mantener el número de militantes requeridos en la normatividad vigente, es decir:

  • 3,000 en al menos 20 entidades federativas o bien 300 en por lo menos 200 Distritos electorales uninominales, y
  • el equivalente al 0.26% del Padrón Electoral Federal que haya sido utilizado en la elección federal inmediata anterior.
El proceso de verificación del cumplimiento del número mínimo de los padrones de militantes de los Partidos Políticos Nacionales para la conservación de su registro, se realiza cada tres años para garantizar que cada partido político cumple con estos requisitos previo al inicio del proceso electoral federal.
 

*Ley General de Partidos Políticos, art.10, numeral 2, inciso b); art. 25, numeral 1, inciso c) y art. 94, numeral 1, inciso d).

Partido Político

0.26%= 256,029

Personas afiliadas válidas

2026

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TotalHombresMujeres
Partido Acción Nacional366,104167,467198,637 Descargar
Partido Revolucionario Institucional819,103286,975532,128 Descargar
Partido del Trabajo590,797223,270367,527 Descargar
Partido Verde Ecologista de México1,061,319379,664681,655 Descargar
Movimiento Ciudadano318,642135,041183,601 Descargar
MORENA11,629,5414,408,1297,221,412 Descargar

Los padrones de militantes que aparecen en la presente publicación están integrados con las personas cuya afiliación estaba vigente al 31 de agosto de 2026 y no necesariamente permanecen como militantes en la actualidad. Cabe precisar que esta información es el resultado del proceso de verificación de padrones 2026, por lo que tiene carácter histórico y no es susceptible de cancelación, de conformidad con el artículo 42, fracción XV del Reglamento del Instituto Nacional Electoral en materia de Protección de Datos Personales.

 

Los padrones de los partidos políticos nacionales que obtuvieron su registro el 25 de junio de 2026 no fueron susceptibles del proceso de verificación de padrones derivado de su reciente registro.

 

 Para efectos estadísticos sólo se consideran los géneros referidos; a fin de que las personas afiliadas no sean identificables con base en este dato; toda vez que éste es un dato sensible.

Normatividad relacionada

    • Acuerdo INE/CG640/2022
    • Lineamientos para la verificación de los padrones de personas afiliadas a los partidos políticos nacionales y locales, aprobados mediante el Acuerdo INE/CG640/2022 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, el 19 de octubre de 2022, y publicados en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre siguiente.
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