El Consejo General del INE (Acuerdo INE/CG572/2020) aprobó diversos plazos y criterios de procedimientos relacionados con el periodo de precampañas para el PEF 2020-2021.
Dentro de los plazos aprobados se encuentran los referentes a la determinación del procedimiento aplicable para la selección de candidaturas de los Partidos Políticos Nacionales:
Partido Político Nacional | Fecha límite para aprobar método de selección | Informe al INE |
PAN, PRI, PRD, PT, PVEM, Movimiento Ciudadano y Morena | 23 de octubre de 2020 | 26 de octubre de 2020 |
Encuentro Solidario | 31 de octubre de 2020 | 3 de noviembre de 2020 |
RSP y FSM | 15 de noviembre de 2020 | 18 de noviembre de 2020 |
Adicionalmente, se establecieron diversos criterios que los partidos políticos deben velar en sus procesos internos de selección de candidaturas, específicamente aquellos relacionados al cumplimiento y garantía de:
- la paridad de género,
- la acción afirmativa indígena,
- la perspectiva interseccional, es decir, medidas para derribar los obstáculos de iure y de facto que generen discriminación y particularmente de los grupos en situación de vulnerabilidad o de atención prioritaria y
- la figura de elección consecutiva.
Una vez recibida la información descrita, la DEPPP realizó un análisis sobre el cumplimiento a las normas estatutarias y reglamentarias de los Partidos Políticos Nacionales y elaboró un informe al respecto. Si bien se determinó que los Partidos Políticos Nacionales cumplieron con la normativa electoral vigente, también se les aclaró que, en vista de la aprobación del Acuerdo INE/CG572/2020 (sub júdice)—mediante el cual se establecieron los criterios para el registro de candidaturas para el proceso electoral federal en curso—, tendrían que apegarse a dichos criterios sobre cualquier otro que, en contrario, hubieran aprobado sus órganos internos.