Atribuciones de la Unidad Técnica de Servicios de Informática - Instituto Nacional Electoral

Atribuciones de la Unidad Técnica de Servicios de Informática

Publicado el: 6 de abril de 2017
Escrito por: INE

Conoce las facultades y competencias de la Unidad Técnica de Servicios de Informática, mismas que se encuentran previstas en el Reglamento Interior del Instituto.

Artículo 66 del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral

Proponer al Secretario Ejecutivo los reglamentos y lineamientos en materia de informática y telecomunicaciones para su presentación ante el Consejo y/o la Junta, según corresponda;

  1. Coadyuvar con el Secretario Ejecutivo en la definición y aplicación de las Políticas y
    Programas Generales aprobados por el Consejo, en materia de informática y telecomunicaciones;
  2. Elaborar y proponer al Secretario Ejecutivo los proyectos estratégicos en materia de informática que coadyuven al desarrollo de las actividades del Instituto, para su presentación ante el Comité de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la Junta y/o el Consejo, según corresponda;
  3. Administrar la Red Nacional de Informática del Instituto, que interconecta sus oficinas a nivel nacional para la transmisión de voz, datos y video; estableciendo, en su caso, los mecanismos y procedimientos de interconexión con las redes de los Organismos Públicos Locales y/o sedes de los partidos políticos;
  4. Proponer las políticas y procedimientos en materia de informática y telecomunicaciones para el uso racional de los recursos asociados a dicha materia;
  5. Establecer mejores prácticas y estándares, así como aplicar normas nacionales e internacionales a los procesos relacionados con tecnologías de la información a nivel institucional;
  6. Establecer y aplicar reglas, procedimientos y estándares en materia de seguridad informática, así como coordinar la aplicación de auditorías en la materia;
  7. Apoyar a las diversas áreas del Instituto, en la optimización de sus procesos, mediante el desarrollo y/o la implementación de sistemas y servicios informáticos y de telecomunicaciones;
  8. Apoyar, en el ámbito de su competencia, a los Organismos Públicos Locales o Partidos Políticos, en el marco de los convenios en materia electoral que celebren con el Instituto;
  9. Con base al inventario de bienes informáticos, proponer planes de actualización y aprovechamiento de la infraestructura informática y de telecomunicaciones;
  10. Proponer las políticas y establecer los mecanismos necesarios para garantizar la confiabilidad y continuidad de los sistemas y servicios informáticos institucionales;
  11. Brindar asesoría y soporte técnico en materia de informática a las diversas áreas
    del Instituto;
  12. Proponer y/o brindar programas y cursos de capacitación en materia de informática, en coordinación con las áreas que tienen la atribución de formar al personal de la rama administrativa y del Servicio Profesional Electoral Nacional del sistema correspondiente al Instituto;
  13. Investigar y analizar de manera permanente, nuevas tecnologías en materia de informática y comunicaciones que puedan ser aplicadas en las tareas del Instituto;
  14. Acordar con el Secretario Ejecutivo los asuntos de su competencia;
  15. Colaborar con la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos en la operación, modernización, actualización y mantenimiento de la infraestructura informática de los sistemas para el monitoreo de las precampañas y campañas en los medios de comunicación, y de la administración del tiempo del Estado en radio y televisión;
  16. Colaborar con la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos en el establecimiento de los criterios y tecnologías para la actualización y mantenimiento de la infraestructura informática para la administración del tiempo del Estado en radio y televisión;
  17. Colaborar con la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores en el establecimiento de los criterios y tecnologías para la actualización y mantenimiento de la Infraestructura informática del Padrón Electoral;
  18. Colaborar con la Dirección Ejecutiva de Administración en el establecimiento de los criterios y tecnologías para la actualización y mantenimiento de la infraestructura informática necesaria para la administración de los recursos humanos, materiales y financieros;
  19. En su caso, coadyuvar con las Comisiones del Consejo;

En materia del Programa de Resultados Electorales Preliminares, le corresponde:

  • Proponer ante el Secretario Ejecutivo las reglas, lineamientos, criterios y formatos en materia de resultados preliminares y conteos rápidos; 
  • Proponer, implementar y operar los mecanismos e infraestructura necesarios para llevar a cabo el Programa de Resultados Electorales Preliminares de carácter federal; así como los programas relativos en el supuesto de que el Instituto asuma o atraiga las elecciones competencia de los Organismos Públicos Locales, o de la elecciones de los dirigentes o dirigencias de los Partidos Políticos; 
  • Desarrollar y operar los sistemas informáticos para la captura, validación, transmisión, recepción, consolidación y difusión de los resultados electorales preliminares; 
  • Establecer los mecanismos de seguridad necesarios a efecto de garantizar la disponibilidad, integridad y confidencialidad del Programa de Resultados Electorales Preliminares; 
  • Efectuar estudios de viabilidad para la definición de los recursos, equipo y sistemas de cómputo que requiera el Programa, de conformidad con las normas vigentes; 
  • Coordinar y supervisar la instalación y operación de los centros de captura, procesamiento y difusión de la información; 
  • Capacitar al personal en el uso de sistemas y equipos de comunicación relacionados con el Programa de Resultados Electorales Preliminares. 
  • Participar en el Comité de Gestión y Publicación Electrónica, o a través de un representante;
  • En materia de voto electrónico le corresponde proponer e instrumentar la instalación y dispositivos con acceso para el voto electrónico de los ciudadanos mexicanos que se encuentren en el extranjero;
  • Asesorar técnicamente en asuntos de competencia de la Unidad Técnica a las diversas áreas del Instituto que lo soliciten; así como a los Organismos Públicos Locales de las Entidades Federativas o a los Partidos Políticos, en caso de atraer o asumir la
    función electoral.